Línea de avales en apoyo económico a la ciudad Autónoma de Ceuta 2026
Garantía de minimis del Instituto de Crédito Oficial, Ceuta.
- Quién puede pedirla
- Pymes y autónomos, grandes empresas
- Cuánto
- Hasta 12.500.000 € por beneficiario
- 33.297.855 € en total
- Plazo
- Hasta el 15 de diciembre de 2026
Requisitos
- Sectores: Actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones; Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; Industrias extractivas y 19 más
- Minimis: no pasar de 300.000 € en 3 años, sumando otras
- Empresas (cualquier forma jurídica con actividad económica) y personas trabajadoras autónomas que desarrollen su actividad en la ciudad autónoma de Ceuta.
- En grupos de empresas (art. 42 Código de Comercio) los requisitos deben cumplirse tanto por el cliente como por el grupo.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de pago por reintegro de subvenciones u órdenes de recuperación de la Comisión Europea.
- Excluidas las empresas del sector financiero y de seguros (incluidas las de su grupo), salvo CNAE 6621 y 6622.
- No estar en concurso, insolvencia o procedimiento especial de microempresas (salvo convenio o plan de continuación eficaz), ni inhabilitado.
- No estar sujeto a sanciones financieras internacionales ni tener residencia fiscal en jurisdicción no cooperativa.
- No figurar en situación de morosidad en la CIRBE del Banco de España al solicitar y formalizar la operación.
- No haber sido condenado ni sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
- No ser empresa en crisis (art. 2 Reglamento UE 651/2014); las grandes empresas acogidas a minimis deben tener situación comparable a calificación B- como mínimo.
- No tener ningún aval del ICO por cuenta del Estado ejecutado (de esta u otra línea) al pedir el aval.
- Tener domicilio social y/o centro de trabajo o establecimiento en Ceuta, acreditado con certificado de la AEAT (domicilio social y/o alta censal); si no consta en el censo, documentación complementaria (licencia de apertura, contrato de arrendamiento, facturas, contratos).
Documentos de la convocatoria
Enlaces oficiales
Preguntas
¿Quién puede pedirla?
Pymes y autónomos, grandes empresas.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
Hasta el 15 de diciembre de 2026.
¿Cuánto se puede recibir?
Hasta 12.500.000 € por beneficiario, de 33.297.855 € en total.
Fuentes
- Base de Datos Nacional de Subvenciones, datos del